La que se ha liado con el anuncio del Gobierno de reducir el límite de velocidad a 110 kilómetros por hora. Que si es una medida recaudatoria (por aquello de las multas que nos esperan a partir del 7 de marzo); que si habrá más accidentes por el aburrimiento que supondrá “correr” tan despacio; que el ahorro de carburante no será tanto como se dice…
Les confieso que me debato en apoyar o criticar esta medida transitoria, aunque en este caso derivaré mi artículo en otro sentido: en la velocidad que pueden alcanzar nuestros turismos. La historia viene de antiguo. Muchos recordarán ese lema de “Papá no corras”, con la foto de los niños, la mujer y a veces incluso la suegra adheridos en el salpicadero del coche mirando fijamente al sufrido conductor. O esa canción de Perlita de Huelva: “Atención amigo conductor, la senda es peligrosa y te espera tu madre y esposa para darte un abrazo de amor”. En los últimos años, Tráfico ha endurecido las penas a la vez que ha dado una vuelta de tuerca a las campañas publicitarias incidiendo en los efectos negativos de conducir bajo los efectos del alcohol o de sobrepasar la velocidad permitida. Pero, como les digo, voy a incidir en esto último. Que se multe al infractor me parece correcto. Se establecen unas normas de conducción (más o menos acertadas) y una legislación al respecto que deben cumplirse escrupulosamente. Pero que alguien me explique porqué este país multa a los conductores que sobrepasan una determinada velocidad pero, sin embargo, les permite que en sus velocímetros aparezcan cifras mareantes como 220, 240 o incluso 260 km/h. ¿Quién corre a 260 km por hora?. ¿Porqué se permite la venta de vehículos susceptibles de alcanzar esas velocidades de vértigo en un país que pretende establecer en 110 la velocidad máxima permitida?. Que me lo expliquen. Como saben, existen en el mercado limitadores de velocidad. Dispositivos que impiden al conductor sobrepasar, aunque pise a fondo el acelerador, una velocidad determinada, pongamos por caso 120 km. ¿Porqué no se aplica por ley este sistema de contención?.
De esta forma quiero suponer que se evitarían accidentes, muertos en las carreteras y evidentemente muchas multas. Así los radares podrían ser retirados de nuestras carreteras sin problemas ya que ningún conductor, aunque quisiera, podría circular a más de 120 km aunque en el esfuerzo por pisar a tope el acelerador el pie le saliera por debajo del coche. No quiero ni pensar que un excesivo afán recaudatorio esté detrás de esta permisibilidad manifiesta hacia conductores y coches. ¿A nadie se le ha ocurrido esto? ¿Ni siquiera a la Dirección General de Tráfico?. Que alguien me lo explique. Resumiendo: le vendo un coche que puede correr a 260 km/h pero ni se le ocurra ponerlo a esa velocidad porque le multo. Que me lo expliquen.
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